Conforme al Informe N° 073-2020-SUNAT/7T0000, en el caso de una concesión de obras públicas de infraestructura y de servicios públicos que es otorgada al sector privado;respecto de los bienes que de esa concesión se están depreciando o amortizando íntegramente durante el período que reste para el vencimiento del plazo de dicha concesión; a efectos tributarios, si dicho plazo es ampliado, deberá considerarse este último para efectos de la depreciación o amortización del saldo del valor depreciable o amortizable a la fecha de ampliación del plazo.