Es importante tener presente que una entidad debe evaluar, en cada fecha de reporte, si existen indicios de deterioro. Si se ubican dichos indicios, debe efectuarse una prueba de deterioro, lo que implica calcular el valor recuperable del activo y compararlo con su valor en libros.
Pero, hay tres situaciones específicas en las cuales debe evaluarse el deterioro del valor recuperable del activo una vez al año, sin importar si se han encontrado indicios de deterioro durante el período.
En estas circunstancias, la prueba de deterioro puede efectuarse en cualquier momento del período, siempre y cuando se lleve a cabo en la misma fecha en cada período.
Párrafo 10 NIC 36