El auditor expresará una opinión modificada en el informe de auditoría, de conformidad con la NIA 705, cuando: (a) concluya que, sobre la base de la evidencia de auditoría obtenida, los estados financieros en su conjunto no están libres de incorrección material; o (b) no pueda obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada para concluir que los estados financieros en su conjunto están libres de incorrección material.
El auditor expresará una opinión modificada en el informe de auditoría, de conformidad con la NIA 705, cuando: (a) concluya que, sobre la base de la evidencia de auditoría obtenida, los estados financieros en su conjunto no están